EscucharMuchas personas se preguntan qué pasa con las transferencias de dinero entre cuentas propias, luego de que se informara que las billeteras virtuales deben notificar a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), los movimientos mayores a $400.000.Se trata de una acción que se deriva a su vez de la actualización de los montos contenidos en el Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER). Estos fueron renovados acorde a la inflación el pasado 23 de mayo, conforme explica la resolución general n° 5512, y el nuevo umbral de $400.000 pasó a regir desde el 1° de agosto.La AFIP actualizó desde agosto los montos de transferencias que deben acreditarse ante el organismo Rodrigo NespoloSegún confirmaron desde la AFIP a LA NACION, la obligación de informar los movimientos de dinero por encima de ese umbral atañe tanto a las transferencias entre cuentas de terceros, como a aquellos que se realicen desde cuentas propias. “Esta información también está comprendida en el régimen informativo siempre que exceda el umbral de monto”, se clarificó desde la dependencia oficial.A su vez, informaron que este monto “se va a ir actualizando”. La próxima revisión del monto a partir del cual las transferencias entre billeteras virtuales estarán afectadas por el SITER se va a realizar en diciembre, y el nuevo valor, al igual que ocurrió esta vez, empezará a regir dos meses después, es decir, en febrero de 2025.Así consta en la mencionada resolución, donde puede leerse: “Esta Administración Federal actualizará cada seis meses los importes previstos en este artículo sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores suministrados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y los publicará en los meses de junio y diciembre de cada año.Las transferencias entre billeteras virtuales propias y ajenas son informadas a la AFIP cuando superan los $400.000A partir de esta actualización, también se modificaron los montos de otros indicadores que las entidades financieras deben informar a la AFIP. Entre ellos, “el monto total acumulado de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas, en moneda argentina o extranjera”, “el monto total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo, en moneda argentina o extranjera”; “los saldos de las cuentas”, y “el monto total acumulado de los depósitos a plazo constituidos en el período mensual de información”. Para todos estos, el monto mínimo a partir del cual deben ser informados pasó a ser de $700.000.LA NACIONSeguí leyendoCrédito online. Cómo pedir el préstamo de hasta $5 millones a pagar en seis años y con libre destinoEn detalle. Cómo es el programa oficial de créditos con cuotas a cinco añosPréstamo. Cómo es el crédito online de hasta $100.000.000 con libre destino que se puede solicitar desde la webTemasEconomía de bolsilloAFIPConforme a los criterios deConocé The Trust ProjectOtras noticias de Economía de bolsilloLibre destino. Cómo es el préstamo para sacar hasta $25 millones a pagar en 5 añosRendimientos. Cuál es la tasa de interés banco por banco este miércoles 28 de agostoTasa de interés. Cuál es la billetera virtual que más paga por poner a rendir tus pesos este miércoles 28 de agosto
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